Embarazo adolescente, madres adolescentes, escolares embarazadas, colegios
Imagen: César Mejías

7 derechos que tienen todas las escolares embarazadas en Chile

La Ley General de Educación es clara en señalar que el embarazo y la maternidad no son, en ningún caso, un impedimento para ingresar o permanecer en un colegio; y que además todas las madres estudiantes tienen derechos que deben respetarse.

Por Macarena Fernández | 2017-04-25 | 11:05
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El embarazo adolescente en Chile sigue siendo un tema preocupante para la sociedad chilena.

Paula Poblete, directora de estudios de la organización Comunidad Mujer, señala que trae distintas consecuencias, como la deserción escolar, un promedio de tres años menos de escolaridad, y menores posibilidades de encontrar empleo.

Además de adelantar el tema de prevención de embarazo no planificado en los colegios (ya que cada año la edad de iniciación sexual es menor), y de enseñar a consciencia y orientar a los adolescentes sobre las consecuencias y enfermedades sexuales que implica una relación sexual sin protección; es sumamente necesario que las jóvenes sepan que si quedan embarazadas hay una ley que las protege y que, por ningún motivo, un embarazo puede ser causante de cancelación o rechazo de matrícula.

Estamos hablando de la Ley General de Educación, la que dicta que la educación en Chile es un derecho para todos los niños, niñas y jóvenes en Chile, y que además señala que en casos de embarazo o maternidad, los establecimientos (ya sean públicos, subvencionados, particulares o confesionales) deben otorgar facilidades a las escolares para que continúen asistiendo a clases, terminen su escolaridad y no deserten. Es decir, esta ley está por sobre los reglamentos internos de los establecimientos educacionales.

El Artículo 11 de la Ley 20.370, señala que “El embarazo y la maternidad en ningún caso constituirán impedimento para ingresar y permanecer en los establecimientos de educación de cualquier nivel, debiendo estos últimos otorgar las facilidades académicas y administrativas que permitan el cumplimiento de ambos objetivos”.

Además, la Ley 20.609 también protege a las estudiantes embarazadas y madres, estableciendo medidas contra la discriminación, permitiendo que interpongan una acción legal ante el juez si así lo estiman necesario.

¿Qué facilidades se les debe otorgar a las estudiantes embarazadas?

Las estudiantes embarazadas se encuentran en una situación transitoria, no en situación de enfermedad, por lo que es tarea de todos brindarle un ambiente donde se sientan seguras y protegidas.

Además de no poder negarle la matrícula, un establecimiento educacional no puede impedir que la alumna asista regularmente a clases, que participe de la ceremonia de graduación o en cualquier otra actividad, si el médico tratante la autoriza y si su salud no se lo impide.

Tampoco pueden definir autoritariamente un período de pre y postnatal para las jóvenes. La decisión de asistir los últimos meses del embarazo o postergar la vuelta a clases después del parto, depende exclusivamente de las indicaciones médicas orientadas a velar por la salud de la estudiante y su hijo/a.

Los establecimientos, por ley, deben entregar las siguientes facilidades a las estudiantes embarazadas:

1. Facilidades académicas para asistir regularmente al control prenatal, post parto y las atenciones que requiera el lactante.

2. Facilidades en la evaluación y apoyos pedagógicos especiales.

3. Facilidades en la exigencia de asistencia. Podrán ser promovidas con una asistencia menor al 85%, siempre y cuando sus ausencias sean justificadas por los médicos tratantes.

4. Facilidades para amamantar a sus hijos (as).

5. Adecuación de su uniforme escolar al período de gestación y lactancia.

6. Participación de cualquier actividad curricular o extracurricular que se realice y en la que participen sus demás compañeros.

7. Si las alumnas embarazadas sufren un accidente al interior del establecimiento o en el trayecto hacia su domicilio, estarán cubiertas por el seguro escolar.

En el caso de que una o más de estas condiciones no se cumplan, o que una joven se sienta perjudicada o abiertamente discriminada, se debe denunciar ante la Superintendencia de Educación, para que sancionen al establecimiento con multas de hasta 50 UTM (unos 2,3 millones de pesos).

Todas estas medidas rigen para todos los establecimientos educacionales, incluidos los particulares pagados.

Además, la JUNJI otorga acceso preferencial en su red de jardines y salas cunas a las madres y padres que están en el sistema escolar.

Otras formas en que los colegios pueden apoyar a alumnas/os que son o serán padres

El Ministerio de Educación recomienda a los establecimientos las siguientes medidas inclusivas y de protección y apoyo para madres y padres estudiantes, además de las mencionadas anteriormente:

- En caso de la estudiante, velar por el derecho a asistir al baño cuantas veces lo requiera, previniendo el riesgo de producir una infección urinaria (primera causa de síntoma de aborto).

- Facilitar durante los recreos que las estudiantes embarazadas puedan utilizar las dependencias de la biblioteca y otros espacios del establecimiento, para evitar estrés o posibles accidentes.

- Brindar el derecho de la madre adolescente a decidir el horario de alimentación de su hijo/a, el cual debiera ser como máximo una hora, sin considerar los tiempo de traslado, evitando con esto que se perjudique su evaluación diaria.

- En caso de que no exista sala cuna en el establecimiento, se permitirá la salida de la madre en el horario predeterminado de lactancia, para acudir a su hogar o sala cuna.

- Cuando el hijo/a menor de un año presente alguna enfermedad que requiera de su cuidado específico, con un certificado médico de por medio; el establecimiento dará, tanto a la madre como al padre adolescente, las facilidades pertinentes, considerando especialmente que ésta es una causa frecuente de deserción post parto.

Redes de apoyo públicas para escolares embarazadas

Yendo al plano psicológico, un embarazo no planificado siempre es sinónimo de crisis en las y los adolescentes que serán padres, independiente de si cuentan con una gran red de apoyo. Es por esto que es sumamente necesario brindarles apoyo psicológico desde el comienzo.

En Chile existen varias instituciones que nacieron con este fin y que se dedican a brindar apoyo, protección y contención a las adolescentes embarazadas y a las/los adolescentes padres.

- El propio Ministerio de Salud cuenta con los Espacios Amigables para la atención de adolescentes, como estrategia de atención de salud pensada para jóvenes ubicados en los Centros de Salud Familiar (Cesfam). Cuenta con profesionales capacitados en sexualidad y consumo de alcohol y drogas.

- El Ministerio de Desarrollo Social, a través de su programa Chile Crece Contigo, otorga un sistema integral de apoyo a niños y niñas de primera infancia, desde la gestación hasta los cuatro años. Para acceder al sistema, las madres y/o padres deben dirigirse al consultorio en el que están inscritos.

- La JUNAEB cuenta con una Beca de Apoyo a la Retención Escolar (BARE), la que consiste en la entrega de un aporte económico de libre disposición a estudiantes de enseñanza media que presentan altos riesgos de abandonar el sistema escolar. Además existe un programa similar exclusivamente para embarazadas, madres y padres adolescentes.

- El Ministerio de la Mujer cuenta con el programa Mujer y Maternidad, que acompaña a la joven madre y a su hijo/a en el proceso de gestación, nacimiento y crianza, con una atención especializada integral.

¿De qué otra forma el Estado debiese garantizar la protección de escolares madres y embarazadas? 

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Comentarios
Nicolás Muñoz Rojas | 2017-04-25 | 22:59
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Destacable el artículo. Este tipo de información no se encuentra fácil, y dudo mucho que las personas que se ven involucradas en estas situaciones sean informadas de todo esto. Pasa con esto y muchos otros servicios que son públicos, gratuitos y generalmente de calidad, que se pierden por ignorancia de la población, por escasa difusión, especialmente en contextos educativos. Para qué hablar de contextos deprivados.

Que bueno estar de vuelta leyendo El Definido con tal joya de artículo. ¡Abrazos!
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Macarena Fernández | Colaboradora | 2017-05-05 | 15:34
0
Muchas gracias Nicolás! Un gusto para nosotros que nos leas. Un abrazo para ti :)
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