AVP, parejas, heterosexuales, homosexuales, convivientes, ley
Imagen: Gojko Franulic

No sólo para homosexuales: todo sobre el Acuerdo de Vida en Pareja (AVP)

El proyecto que regula el Acuerdo de Vida en Pareja (AVP) está en los últimos trámites para que pueda ser votado en el Congreso. ¿Qué implica el AVP? ¿A quiénes está dirigido? Aquí te explicamos todo lo que necesitas saber.

Por César Burotto @cburotto | 2014-08-08 | 07:00
Tags | AVP, parejas, heterosexuales, homosexuales, convivientes, ley
El año 2011, durante el gobierno del Presidente Sebastián Piñera, se envió al Congreso para su tramitación, el proyecto de Acuerdo de Vida en Pareja. Sin embargo, no fue hasta principios de este año que se le puso urgencia a la tramitación, la cual ya está llegando a su fin. La Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado, aprobó el AVP y ahora solo falta que sea revisado por la Comisión de Hacienda de la Cámara Alta para que pueda ser votado y finalmente promulgado. Se espera que la votación sea a finales de este mes.

Actualmente en Chile, el 15% de las personas mayores de edad son solteros, pero conviven con una pareja, lo que equivale a dos millones de personas. Para ellos no existe un marco jurídico que los proteja en temas patrimoniales, de salud y de previsión, siendo el matrimonio la única alternativa hasta el momento. Esto explica la necesidad de este cuerpo legal. 

¿A quiénes está dirigido el AVP?


El AVP es un contrato que puede ser celebrado por dos personas y su función es regular los efectos jurídicos que se derivan de su relación. 

Para poder tener un AVP, ambas partes deben ser mayores de edad y ser solteros. Al igual que el matrimonio, no pueden celebrar este contrato entre si los familiares directos por consanguinidad, o sea entre padres e hijos o entre hermanos. Tampoco podrán aquellas personas que tengan un AVP vigente. 

Una de las grandes motivaciones que hicieron surgir al AVP, fue la intención de regular las uniones homosexuales, que actualmente no tienen ninguna forma de tener un vínculo frente a la ley. Pese a esto, el proyecto también incluye a las parejas heterosexuales. “El Acuerdo de Vida en Pareja pasa a ser una alternativa plenamente válida para las parejas y es un avance trascendental para la construcción de una sociedad que no sólo respeta, sino acoge la diversidad”, señaló  el senador Andrés Allamand, uno de los redactores del proyecto.

Sin embargo, hay voces críticas que consideran que el proyecto debería orientarse específicamente a las parejas homosexuales, que en este minuto son las que no tienen ningún contrato que regule sus relaciones afectivas. “Mantengo mi opinión de que el Acuerdo de Vida en Pareja debiera ser solo para personas del mismo sexo. Esa es una discusión que perdí en la Comisión y que vamos a tener en la Sala, porque me  parece que para las personas de distinto sexo el problema ya tiene una solución, que es el matrimonio”, dijo el senador UDI, Hernán Larraín.

Otra de las novedades del AVP, es que genera un nuevo estado civil. Las personas que se unan a través de este contrato dejarán de ser “solteros” y tendrán un estado distinto, el cual se denominará “pareja civil” o “conviviente civil”. En un principio el proyecto no contemplaba la creación de este estado civil, pero fue una de las indicaciones que se aprobaron.

¿Qué implica el AVP?


Patrimonio: 

Uno de los aspectos principales del AVP es que crea una comunidad de bienes en la pareja. Todos los objetos muebles, que no tengan que ser registrados (como un televisor o un sillón por ejemplo), son de la pareja. Además, los contratantes del AVP, están obligados a ayudarse mutuamente y a solventar los gastos que se producen debido a su vida en común.

Herencia: 

Sin la existencia del AVP, las parejas que no estaban casadas no tenían derecho a recibir nada de parte de sus convivientes en caso de fallecimiento. Este era un problema ya que hay parejas que pasan toda una vida juntos sin celebrar un matrimonio (o que no pueden casarse porque son del mismo sexo) y luego de la muerte de su pareja, legalmente no existe ningún vínculo. Por lo tanto, no tienen ningún derecho patrimonial sobre los bienes de su conviviente y pueden tener problemas respecto de las cosas de ambos.

El AVP permitirá que los contratantes tengan derecho a herencia de parte de su pareja. Eso sí, debe pasar un año  desde el momento en que se realizó el acuerdo para que esto tenga efecto. Además los convivientes, gracias al AVP, tendrán derecho sobre la pensión de su conviviente en caso del fallecimiento de esta.

Salud: 

Actualmente la ley permite tener como “carga” a los hijos y conyugues en el sistema de salud (es decir, incorporarlos en la cobertura del plan de salud propio), sin embargo no otorga este derecho a quienes conviven. Ahora el AVP, otorga esta facultad, dándole la posibilidad de que un miembro de la pareja sea “carga” del otro. Esto se aplica tanto para el sistema público de salud como al privado.

Aspectos prácticos: 

Actualmente un conviviente, al no ser considerado como familia, no puede visitar a su pareja en centros de salud (cuando los doctores así los estiman conveniente), tampoco realizar trámites funerarios o decidir si quiere donar los órganos de su conviviente o no. 

Con el AVP, la figura legal de la pareja cambia y siendo considerado como tal frente a la ley, el conviviente puede actuar como si fuera su conyugue en estos casos.

¿Cómo se realiza el AVP?


Cuando una pareja quiera vincularse a través del AVP, deberá concurrir ante un oficial del registro civil, quienes serán los encargados de realizar las formalidades. Para esto, la pareja tendrá que realizar una declaración jurada señalando que es soltero y que no tienen un AVP vigente. 

En un principio, el proyecto de ley contemplaba que quienes deseasen realizar un AVP, podrían hacerlo a través de un notario. Sin embargo, las modificaciones establecieron que los encargados sean funcionarios del registro civil. “Esta ley considera un plazo de entrada en vigencia de seis meses para efectos de que el Registro Civil haga las adecuaciones correspondientes y contenga un registro especial de Acuerdo de Vida Pareja en todo Chile”, dijo el senador Felipe Harboe, Presidente de la Comisión de Constitución.

¿Cuándo finaliza el AVP?


Una de las causas de que este contrato termine es el fallecimiento de uno de los convivientes (bastante obvio). En caso de que la pareja opte por casarse, el AVP es reemplazado por el contrato de matrimonio. 

También, aunque suene curioso, si un miembro de la pareja se casa con un tercero, su anterior AVP queda sin efecto. Es decir que no es un impedimento para casarse el hecho de de tener un AVP vigente con otra persona. 

Por último, la pareja puede poner término al AVP por un acuerdo entre ambos miembros o bien si alguno de ellos así lo desea. Esto debe hacerse a través de una escritura pública, en el Registro Civil.

¿Qué te parece el Acuerdo de Vida en Pareja? ¿Crees que hay cosas que quedaron afuera del proyecto de ley?

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Comentarios
Jose Ignacio Zarate | 2014-08-08 | 08:11
8
Al final es mejor que un matrimonio, lo mismo, pero sin el cacho de tener que anularse o divorciarse en caso de ruptura....
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Favio Zúñiga | 2014-08-08 | 10:12
1
Pero el artículo indica que se puede anular a través de una escritura pública. Claro, es un proceso distinto pero sigue siendo "un trámite" a hacer en caso de.
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Marco Canepa | Editor | 2014-08-08 | 11:16
6
Igual heavy que un día tu AVP se anula porque tu pareja se casó con otro XD
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Jose Ignacio Zarate | 2014-08-08 | 11:19
3
de todas maneras es un tramite, pero sin todo el weveo que implica y el costo asociado...
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Favio Zúñiga | 2014-08-08 | 11:53
0
¿Y si reducimos mejor el cacho que implica divorciarse legalmente?
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Isa Villa | 2014-08-10 | 22:34
2
Este punto deja claro que el matrimonio es mas importante que el AVP
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Rolando González Moya | 2014-08-13 | 20:43
1
Es mucho más simple, porque para divorciarse o anularse se requiere el pronunciamiento de un tribunal de familia, además de tener que cumplir con otros requisitos, lo que implica costos y mucho tiempo. En el APV, si bien requiere de trámite una Escritura Pública, es mucho menos "cacho" que en un divorcio
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Favio Zúñiga | 2014-08-08 | 10:21
6
OK, veo acá los beneficios que tiene para las parejas y los casos en los que se asemeja al matrimonio legal. Sin embargo, creo que sería bueno que se indicaran cuáles son todas las diferencias con un matrimonio, digamos qué tiene una figura legal que la otra no, para poder sacar una conclusión al respecto.

En realidad no tengo claras todas las diferencias que existan entre ambas cosas, pero lo que sí veo es que pareciera una puerta de salida para los conservadores a la hora de dejar tranquilos a las parejas homosexuales, porque claro, no le están permitiendo casarse pero ahora le dan algo distinto, que si bien es un avance sigue siendo discriminatorio. No me quedan claros los argumentos para negar el matrimonio homosexual -porque quiero creer que no tiene que ver con un tema religioso o conservador- por lo que desde mi punto de vista es un parche.

Ahora que lo veo, ¿por qué no es legal que dos personas con relación consanguínea puedan casarse (y ahora tampoco contraer un AVP)? Digo, dichas personas son mayores de edad y por tanto tienen el criterio para determinar lo que quieren en estos casos, ¿por qué la ley les impide eso?

Saludos.
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Marco Canepa | Editor | 2014-08-08 | 11:19
6
Hola Flavio,

Buen punto, quizás más adelante hagamos un artículo comparando ambas leyes punto por punto.

Sobre el derecho de los homosexuales a casarse, personalmente coincido contigo en que también deberían poder hacerlo, pero bueno, eso requiere un cambio cultural que aún está el proceso. Digamos que en sólo 20 años pasamos de ser un país que ni siquiera permitía el divorcio y no reconocía los hijos fuera del matrimonio, a uno que está a punto de permitir el matrimonio homosexual.
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Favio Zúñiga | 2014-08-08 | 11:52
0
Gracias por lo de Flavio, hehehehe. Tranquilo, pasa muy seguido.

PS: Por cierto, te mandé un mensaje hace un par de días y estoy sospechando que tal vez no están llegando mis cosas. Eso o Juanelo me está boicoteando haciendo uso de sus permisos de Administrador.
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Marco Canepa | Editor | 2014-08-08 | 11:59
1
Sorry, Fulvio. Digo, Felicio. ¿Fausto? =P

¡Te respondí el mail! ...y también te respodimos a las colaboraciones que has enviado.

Quizás debas revisar tu carpeta de spam...
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Rolando González Moya | 2014-08-13 | 20:50
0
Igual tiene que ver con un tema dogmático, porque para el derecho chileno el matrimonio impone derechos y obligaciones que dicen mucho de la vida en común, como el deber de fidelidad, deber de vivir en la misma casa, deber de cohabitación, etc. Mientras que el APV solo regula algunos aspectos civiles como si fuera el cónyuge, no siéndolo. Me parece que por ahí van las diferencias
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Carlita MF | 2014-08-08 | 10:51
3
Me parece que es un gran paso y no sólo para comenzar las conversaciones sobre el matrimonio homosexual, si no también para darle la oportunidad a toda pareja, cualquier tipo de pareja, de tener la posibilidad de legalizar su convivencia sin tener que recurrir al matrimonio.
Existen muchas parejas heterosexuales que conviven por años y no desean casarse, pero si resguardar al otro en caso de que uno de los dos muera o de agregarlo como carga en el sistema de salud.

Lo importante es no limitarse a una sola postura y ver los beneficios para ambos casos. Todos pueden salir beneficiados con esto.
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Ange Brik | 2014-08-08 | 11:08
3
Me parece buenisimo, mucho mejor que el matrimonio, mucho mas facil de anularlo. Ahora, tenemos que esperar para que el estado civil de Soltera/o sea tomado como tal, y no tener que estar en una notaria a cada rato para sacar una declaracion jurada que diga que soy sola.... cada quien con su cruzada!
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Paper Luis | 2014-08-08 | 12:24
3
Lo único que me preocupa del APV es el tema de la adopción:
Existimos los que no queremos casarnos por opción (dada las circunstancias de la vida) pero SI queremos tener adoptar. Según lo que he leído, el AVP no facilita las cosas en ese rumbo, ya que, insisto, según lo que he leído, se privilegia a los matrimonios sobre los solteros (ya que para dicho efecto, uno no posee pareja)
Y nosotros queremos adoptar =)

Saludos
@paperluis
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den l | 2014-08-08 | 13:28
0
2 cosas por las que veo como algo positivo el AVP:
1 en FONASA una mujer no puede colocar a su esposo como "carga". (al menos, hasta el 2012 era así) Con el AVP supongo que no existiría tal discriminación.
2 con la "separación d bienes" o "sociedad conyugal" la mujer no es completamente libre de administrar sus bienes. Con el AVP no existiría tal discriminación.
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Gabriel Wirdo | 2014-08-08 | 23:32
1
primero:

Lo de la nueva condición civil debiera ser opción para parejas en cualquier combinación de género. Existe el matrimonio dice Hernán larraín, y listo ya está la solución, pero es solo una solución y no una definitiva.

¿De verdad pensará que con haber una solución basta y sobra?,
¿o tendrá un interés por mantener el estado civil de casado como el que predomine?(no creo esa última, desconfío de la profundidad de su opinión). La pajita de problematizar y pensar.

lo segundo y demases ya vendrán...
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Sara Pairican | 2014-08-11 | 12:36
0
creo que está súper mal hecho, un montón de mezcla de argumentos, gran parte de eso es por el argumento "patrimonial" entonces si yo y mi hermana compramos una casa, deberíamos poder acceder a esto, y el tema de la herencia para la conviviente o ese tipo de cosas, ya que es más fácil de anularlo que el matrimonio, es cosa de que uno la deje tirada y listo, no protege nada!!
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Rolando González Moya | 2014-08-13 | 20:57
0
Igual me parece que confundes algunas cosas, porque si quiero comprarme una casa con alguien no necesariamente tengo que "casarme", puedo comprarlo en copropiedad o bien armar una sociedad y comprarla en conjunto, haciendo que el bien sea parte de esta sociedad y pueda ser administradas por sus dueños.

Si bien es cierto que este APV solo regula aspectos patrimoniales, me parece que es una buena solución a muchas parejas que hasta ahora se veían desprotegidas por no tener la calidad de cónyuge y por ende no contar con los derechos de ellos.
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Ange Brik | 2014-08-14 | 10:27
0
la diferencia es que no todos entienden y pueden hacer una sociedad, con mi mejor amiga tenemos un proyecto juntas, no somos pareja, que quede claro, pero si estamos dispuestas a hacer un avp para cuidar nuestro proyecto de vida. esto no solo va a servir para parejas gay o hetero.
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