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Imagen: Rodrigo Avilés

Derecho a ser olvidado en internet: ¿qué es y cuándo se recurre a él?

La facilidad para buscar información ha traído también algunos problemitas personales y hay gente que le está pidiendo a Google que elimine links a páginas en las que aparecen cosas que los perjudican. ¿Tenemos derecho a ser olvidados? ¿Cómo? ¿En qué casos? En El Definido te lo explicamos.

Por María Victoria Coutts | 2018-02-28 | 14:53
Tags | olvido, internet, google, derecho, solicitud, información.
“Se trata de una excepción a la libertad de expresión e información, por lo que debiera demostrarse que el dato que aparece en los buscadores es irrelevante para el bien público, porque ha transcurrido un tiempo extenso (está desactualizado) y que efectivamente le cause daño al titular en sus relaciones sociales” (Hernán Corral)
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Estimado Sr. Google:

Me dirijo a usted para pedirle que por favor elimine de su buscador las fotos de mi pasado metalero. Espero que comprenda mi solicitud ya que esto me ha generado algunos inconvenientes. De antemano, muchas gracias.

No, no, no señores, el derecho al olvido no es una petición así de simple, es más complejo que eso.

Es el derecho que tienen las personas a exigir eliminar de internet alguna noticia, dato o imagen que, por el transcurso del tiempo, ha perdido actualidad y, sin embargo, sigue siendo fácilmente accesible para cualquier persona que consulte por el nombre de la persona aludida.

Pero no es así como enviar una solicitud y problema solucionado, sino que se tienen que cumplir algunos requisitos y además depende de la legislación que tiene cada país al respecto.

Se viene hablando del “derecho a ser olvidado” desde antes de la existencia de internet, sin embargo, con su aparición esto se intensificó, porque internet permite que se mantenga información que fue incorporada legalmente hace muchos años “pero que, gracias a este tipo de bases (buscadores), permanecen siendo accesibles con relativa facilidad por los usuarios de dichos bancos de datos”, explica el abogado y profesor de Derecho Civil de la U. de Los Andes, Hernán Corral.

Un caso emblemático

El derecho al olvido comenzó a tomar fuerza cuando se incorporó expresamente en la -respiren-Propuesta de Reglamento General de Protección de Datos Personales de la Comisión Europea y con la primera sentencia sobre el derecho al olvido en Europa, el "caso Google", fallado en 2014 por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), explica el abogado y profesor de la Universidad Católica, Francisco Leturia.

El protagonista del “caso Google” fue el español Mario Costeja González, quien recurrió a la Agencia de Protección de Datos para exigir que se retirara una información que había sido publicada en el diario La Vanguardia en 1998 con enlaces a una subasta de inmuebles relacionada con un embargo por deudas a la Seguridad Social.

Costeja argumentó que el embargo estaba resuelto y que no tenía relevancia. El periódico catalán se había negado a eliminar esa información explicando que había una justificación legal tras la publicación de los datos. Sin embargo, el Tribunal le exigió a Google que eliminara los enlaces de su buscador. ¿Por qué?

El TJUE indicó que el motor de búsqueda (Google) era responsable del procesamiento de la información personal que aparece en las páginas web publicadas por terceros y que, por lo tanto, debía considerar las solicitudes de personas para eliminar los enlaces que aparecen cuando alguien busca su nombre. ¿Y por cualquier motivo?

No, se debe analizar caso a caso, pero esto debería ocurrir solo cuando la información que contengan los enlaces sea inadecuada, irrelevantes o que ya no sean relevantes por el tiempo que ha pasado. El TJUE también indicó que si el motor de búsqueda rechaza una solicitud, esa persona puede recurrir a la justicia o hacer la solicitud a las agencias públicas de privacidad de datos (que en Chile no existe), explica Corral a El Definido.

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¿Y qué ha ocurrido desde entonces?

Luego de la sentencia del TJUE, Google habilitó un formulario (solo en Europa) para que las personas puedan solicitar el derecho al olvido y así cumplir la sentencia del Tribunal.

De hecho, dio a conocer recientemente la cantidad de solicitudes de derecho al olvido de ciudadanos europeos que le han llegado desde 2014: en total 2,4 millones de peticiones, de las cuales Google aprobó el 43,3%. Francia, Alemania y el Reino Unido habrían generado el 51% de todas las apelaciones de exclusión de URL. ¿Bajo qué criterio las analiza?

Al revisar cada solicitud, Google considera si la información en cuestión es inexacta, inadecuada, irrelevante o excesiva, y un punto muy importante: si existe un interés público en que la información permanezca disponible en los resultados de búsqueda.

Por eso cada caso es analizado muy bien para lograr un equilibrio entre los derechos de privacidad de los usuarios que hacen la solicitud y el derecho del público a conocer y distribuir información. Porque es distinto si una persona “común y corriente” hace la solicitud a que lo pida una figura pública.

¿Y este debate ha llegado a Chile?

En Chile no hay un reconocimiento normativo de este derecho y es por eso que en 2015 la Defensoría Penal Pública lanzó una campaña llamada "Cada clic, una condena".

Esta buscaba visibilizar el drama que viven las personas que fueron acusadas por un delito, pero que finalmente se demostró que eran inocentes y que a pesar de eso, todavía tenían problemas porque cualquier persona que googleaba su nombre, se encontraba con noticias sobre su acusación, lo que los complicaba incluso cuando buscaban trabajo.

Esas personas deben lidiar con el estigma social y el hecho de ver cómo sus nombres permanecen asociados a delitos en internet.

Hoy quienes desean ejercer el derecho al olvido en Chile “están utilizando el recurso de protección invocando el derecho a la honra y a la vida privada que están en la Constitución (art. 19 Nº 4). También podría usarse el procedimiento ante un juez civil que está previsto en la Ley de privacidad de datos, la ley 19.628 pero no he visto que se haya invocado”, explica Corral.

Hace dos años se presentó un proyecto de ley para regular este derecho, pero que no ha avanzado mucho. Según Corral tampoco sería necesario legislar al respecto. “Cuando más modificar la Ley Nº 19.628 (sobre el derecho a la privacidad) para ampliar los supuestos de bloqueo o cancelación de datos”, sostiene.

También explica que “estamos ante un derecho en fase de formación, pero que no puede ser absoluto, sino que debe compatibilizarse con otros derechos y valores fundamentales para una sociedad democrática”.

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¿Podríamos modificar u ocultar nuestro pasado?

“Mi opinión es que el derecho al olvido no es el derecho a construirse un ‘pasado’ al gusto de uno. Se trata de una excepción a la libertad de expresión e información, por lo que debiera demostrarse que el dato que aparece en los buscadores es irrelevante para el bien público, porque ha transcurrido un tiempo extenso (está desactualizado) y que efectivamente le cause daño al titular en sus relaciones sociales”, dice Corral.

Para entenderlo mejor, le planteamos al abogado un caso hipotético:

Juan González (personaje ficticio) se da cuenta de que en internet están circulando fotos de su pasado emo o pokemón (imágenes de referencia) de cuando fue al antiguo programa de CHV “El Diario de Eva”. Sin embargo, hoy Juan tiene una vida completamente distinta, por lo que le gustaría que ese contenido sea eliminado.

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¿Podría Juan González recurrir a la justicia y pedir que se elimine? En el caso de que sí se pueda, ¿tendría que demostrar que ese contenido lo está perjudicando de alguna forma o basta con que a él le moleste que siga en línea?

Corral dice que a él le parece que nunca debería eliminarse una noticia del medio escrito en que apareció. En el caso particular de Juan, piensa que no es suficiente que quiera olvidar su propio pasado porque cambió su estilo de vida.

Debiera aportar antecedentes que muestren que ello le impide encontrar trabajo o inhibe sus actividades sociales, etc. Normalmente, son noticias asociados a la comisión de delitos”.

De ser así, un caso más grave, podría recurrir a la justicia, pero si es una molestia nada más, es poco probable que logre algo. Así que, queridos lectores, les recomendamos pensarlo dos veces antes de subir una foto o video poco favorable a las redes sociales… en unos años más podrían pasar más de una vergüenza.

La propuesta francesa

Francia está pidiendo que el derecho al olvido sea universal, es decir, que cuando Google elimine los enlaces de su buscador, esto ocurra a nivel global y no solo en las versiones europeas del buscador, como lo ha hecho hasta ahora. Para Corral, esto es bueno porque básicamente que así se protege de mejor manera y más amplia el derecho al olvido.

“Los contra, por su parte, son las dificultades tecnológicas para aplicarlo y la limitación a la libertad de expresión y derecho a la información. Existe también como elemento a considerar el que ni EE.UU. ni el Reino Unido ha calado fuerte el derecho al olvido, y más bien se le tiende a ver como una censura retrospectiva, inadmisible para una democracia liberal, por lo que parece difícil que pueda aplicarse el olvido universal”, explica.

¿Crees que esto lo debería regular una ley en Chile?

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